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Declaración de la Secretaría de Seguridad Nacional, Janet Napolitano, el 1 de julio de
2013
“Tras la decisión adoptada la semana pasada por el Tribunal Supremo, que declaró
inconstitucional el artículo 3 de la Ley de Defensa del Matrimonio (DOMA), el
Presidente Obama ordenó a los departamentos federales que se aseguraran de que la
decisión y sus consecuencias para las prestaciones federales de las parejas del mismo
sexo legalmente casadas se aplicaran con rapidez y sin problemas. A tal fin, con efecto
inmediato, he ordenado al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS)
que revise las peticiones de visado de inmigración presentadas en nombre de un
cónyuge del mismo sexo de la misma manera que las presentadas en nombre de un
cónyuge del sexo opuesto.”
Junio es el Mes del Orgullo. Como aliados LGBTQ+, en el blog de este mes hablamos de
los derechos de la comunidad LGBTQ+.
Sí, dado que los matrimonios entre personas del mismo sexo son legales en Estados Unidos, la legislación estadounidense los equipara a los matrimonios heterosexuales a efectos de inmigración. Como tal, un cónyuge ciudadano estadounidense puede presentar una petición familiar I-130 para su cónyuge del mismo sexo. Para que USCIS apruebe una petición familiar I-130 tanto para parejas heterosexuales como homosexuales, la pareja debe demostrar que están casados por amor, y no con el propósito de obtener la residencia para uno de los cónyuges. Por lo tanto, las parejas del mismo sexo deben presentar los mismos documentos que las parejas heterosexuales para demostrar un matrimonio auténtico.
Ejemplos de pruebas para demostrar un matrimonio auténtico:
- Contrato de arrendamiento a ambos nombres
- Factura(s) conjunta(s) de servicios públicos
- Copias de su carné de conducir o documentos de identidad en los que figure la
misma dirección
- Extractos de cuentas bancarias conjuntas
- Extractos conjuntos de tarjetas de crédito
- Tarjetas de seguros compartidos (coche y/o médico)
- Fotos de familia
- Declaraciones de familiares y amigos que atestigüen su relación
Sí, los matrimonios homosexuales reciben el mismo trato que los heterosexuales. Los
titulares de un permiso de residencia que estén casados con un ciudadano estadounidense pueden solicitar la naturalización al cabo de tres años, en lugar de los cinco años de otras categorías de permisos de residencia.
Sí, siempre que usted, el peticionario, sea ciudadano estadounidense y pueda cumplir
los requisitos para solicitar un visado de prometido.
Sí, debe estar legalmente casado para que su pareja del mismo sexo pueda solicitarlo. Aunque las uniones civiles proporcionan los mismos beneficios que los matrimonios heterosexuales, los beneficios de inmigración no están incluidos.
Sí, su matrimonio debe ser válido en el lugar donde se celebró. Si vives en un país que no reconoce los matrimonios entre personas del mismo sexo y te casas en este país, Estados Unidos no reconocerá tu matrimonio. En ese caso, quizá debas plantearte solicitar un visado de prometido.
Sí, puede actualizar o cambiar su nombre y/o sexo en sus documentos de inmigración. Para cambiar su nombre, necesita obtener primero una orden judicial de cambio de nombre u otra prueba del cambio legal de nombre. Para cambiar de sexo, necesita un certificado de nacimiento, pasaporte, permiso de conducir, orden judicial u otra documentación oficial emitida por el gobierno que reconozca el nuevo sexo, O una carta de un proveedor de atención sanitaria autorizado que certifique el cambio de sexo. Entre los profesionales sanitarios autorizados se incluyen consejeros, enfermeros, médicos, asistentes médicos, psicólogos, trabajadores sociales y terapeutas. No se requiere prueba de cirugía de reasignación de sexo u otro tratamiento médico específico.
Sí, puede solicitar asilo. Para poder solicitar asilo por motivos LGBTQ, debe tener un temor fundado a ser perseguido en su país de origen debido a su orientación sexual. Debe presentar su solicitud de asilo en el plazo de un año desde su llegada a Estados Unidos.
Haga clic aquí para ver qué debe presentar con su solicitud.
Wheeler Law está disponible para responder a cualquier otra pregunta que pueda
tener, y / o ayudarle a tomar los próximos pasos para su, o sus seres queridos,
futuro. Wheeler Law trabaja duro para defender sus derechos legales y mantener
a las familias unidas. Llámenos ahora para programar una consulta: (602) 586-
5625.
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inmigración.
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